Franklin Jairrán: “Si está inhabilitada políticamente por tres años Virginia Vivas”

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Franklin Jairránconsultor jurídico del Gobierno del Táchira Franklin reiteró que Virginia Vivas está inhabilitada políticamente por tres años debido al delito de difamación agravada de acuerdo al fallo de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.

Recordó que el 14 de octubre del año 2013, en un periódico de circulación regional señaló sobre la inminente inhabilitación de Vivas con sentencia firme como una acción de carácter privado pero el delito es común, independientemente que la denunciada manifieste que es una acción privada.

“La ciudadana apeló en primera instancia en aquella oportunidad ante la Corte de Apelaciones, la cual fue negada por carecer de fundamentos y fue cuando el año pasado antes de inscribirse para su reelección a la alcaldía del municipio Córdoba, interpuso de forma temeraria e infundada el recurso de casación ante la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia”, explicó Jairrán.

Acto siguiente  “el recurso se decidió este año una vez ya siendo alcaldesa y por ese motivo el Consejo Nacional Electoral no procedió en ningún momento a inhabilitarla como tal”.

Destacó que actualmente el Tribunal Cuarto Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Táchira,  una vez que es notificado de la decisión de la Sala Penal del TSJ, procede a oficiar al CNE que luego informa con oficio al mismo tribunal que haga del conocimiento de esta decisión al Consejo y a la Sindicatura Municipal de Córdoba.

“Esta sanción establecida en la pena deberá ser cumplida ahora por ambas instancias municipales, la cual consiste en que la ciudadana Virginia Vivas deberá cumplir tres años de prisión más la imposición de una multa, sin embargo el artículo 16 del Código Penal establece como pena accesoria, la inhabilitación política por el tiempo que dure la condena”, reiteró el consultor jurídico.

Explicó el funcionario regional que la ciudadana queda sometida a un régimen de presentaciones, pierde según el artículo 24 del Código Penal, el derecho a optar a cargos públicos o políticos, al goce pasivo o activo del sufragio y a cualquier condecoración oficial.

“Ya el consejo municipal de Córdoba fue notificado de la decisión definitivamente y firme cuyo deber es proceder a informar sobre la inhabilitación a la alcaldesa y designar en este momento un nuevo alcalde o alcaldesa y el CNE fijará el cronograma electoral para celebrar nuevas elecciones”, finalizó. FIN/Laura Escalante. Fotos: Antherson Márquez.