15 de agosto día feriado no laborable en honor a la Patrona del Táchira (+DECRETO)

Decretos-virgen-01

DECRETO Nº 453

JOSE GREGORIO VIELMA MORA

GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 141 y 152 numerales 1º,3º, 4º de la Constitución del Estado Táchira, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Táchira, número extraordinario 778 de fecha 09 de febrero de 2001, en concordancia con el articulo 34 numerales 1º,3° y 4° de la Ley de la Administración Pública del Estado Táchira publicada en  la Gaceta Oficial del Estado Táchira número extraordinario  5447  de fecha 01 de Diciembre 2014.

CONSIDERANDO

Que el Poder Ejecutivo Estadal corresponde al Gobernador o Gobernadora del Estado, quien  preside  y  dirige  el gobierno y  administración del Estado y sus actividades están sujetas a lo establecido en la  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado y las Leyes.

CONSIDERANDO

Que  el 15 de Agosto de cada año, el amor a Nuestra señora de la consolación se desborda por todo el Territorio Tachirense, llevando a los devotos de la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÁRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”, llenos de unción de Fé y Esperanza a la Basílica de Nuestra Señora de la Consolación agradeciendo por los favores recibidos y pidiendo nuevas gracias y bendiciones.

CONSIDERANDO

Que en esa fecha, Nuestra Señora de la Consolación, es el centro devocional de Táriba y la más preciada reliquia de sus buenas y cristianas gentes, rindiendo homenaje  a la milagrosa imagen de la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”.

CONSIDERANDO

Que el 15 de agosto se celebra su fiesta, con solemne Pontifical y sermón de circunstancias,  manifestando una vez más la Fé y especial devoción  de los tachirenses a LA REINA, LA MADRE, LA PATRONA DEL ESTADO TÁCHIRA, quien se hace presente en trance de amor y de entrega, recogiendo los dolores de los hombres para devolverlos trocados en alegría o en alivio.

CONSIDERANDO

Que en honor a nuestra “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”, venerada desde tiempos antiguos como insigne intercesora bajo cuya invocación y protección nos encomendamos día a día, el Gobierno Bolivariano del Táchira ha decidido declarar el día 15 de Agosto de 2017, como DIA FERIADO NO LABORABLE en todo el territorio del Estado.

CONSIDERANDO

Que constituye deber fundamental de todo gobierno, coordinar las actividades dirigidas a promover la organización  de eventos de esta magnitud, sobre todo en apoyo  a la Iglesia Católica,  cuya fe comparte la mayoría del pueblo tachirense.

CONSIDERANDO

Que en tal sentido, el Gobierno Bolivariano del Táchira dará el apoyo logístico y la seguridad necesaria a los feligreses que se desplazan en caminata de peregrinación hasta la ciudad de Táriba, a través de  personal humano y equipos de la Policía del Táchira y  Protección Civil,  garantizando la atención del colectivo ante cualquier evento adverso que pudiese presentarse en las actividades de conmemoración del día de la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”.

DECRETO

ARTÍCULO 1: Se declara el día martes quince (15) de Agosto del 2017, como DIA FERIADO NO LABORABLE, en la jurisdicción de los Municipios Cárdenas, San Cristóbal; Guásimos; Andrés Bello; Torbes; Córdoba; Independencia y  Libertad, del Estado Táchira, en honor a la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TACHIRA”.

ARTÍCULO 2: Se ordena al Instituto Autónomo de Policía del Estado Táchira y al Instituto Autónomo de Protección Civil del Estado Táchira, coordinar con el resto de organismos de seguridad ciudadana con asiento en el estado, lo referente al apoyo logístico y seguridad  a todos los feligreses que se desplazan en caminata de peregrinación hasta la ciudad de Táriba, durante el día Martes 15 de Agosto de 2017.

ARTÍCULO 3: Se insta a la Dirección Estadal de Tránsito Terrestre, prestar la colaboración  el día Martes 15 de Agosto de 2017, a los fines de que se regule el horario de circulación de transporte de carga, por las vías donde se realizará la caminata de peregrinación hasta la ciudad de Táriba, en conmemoración del día de la VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TACHIRA.

ARTÍCULO 4: Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en la jurisdicción del Municipio Cárdenas, durante los días Lunes 14 y Martes 15 de Agosto de 2017.

ARTÍCULO 5: La Secretaria General de Gobierno velará por el cumplimiento del presente decreto.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE

Dado, Firmado, Sellado y Refrendado, en el Salón del Despacho del Poder Ejecutivo, en el Palacio de Gobierno de la ciudad de San Cristóbal, a los 14  días  del mes de Agosto del año 2017.  Años 207° de la Independencia y 158°de la Federación y 18° de  la Revolución. Firmado: José Gregorio Vielma Mora, Gobernador del Estado Táchira. Refrendado.- Miriam del Carmen Febres Sosa, Secretaria General de Gobierno.

 

DIOS Y FEDERACIÓN

Firmado:

 

 

 

 

 

 JOSE GREGORIO VIELMA MORA

 GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA

Refrendado:

 

 

 

 

 

MIRIAM DEL CARMEN FEBRES SOSA

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

 

MCFS/ LUSSIETHGUERRERO